Servicio de re vinculación familiar
Recurso social especializado para la intervención en aquellas situaciones de conflictividad familiar en las que la relación de los menores con algún progenitor o miembro de su familia se encuentra interrumpido o es de difícil desarrollo.
Esta intervención es de carácter temporal, desarrollada por profesionales del campo de la salud mental y de las ciencias sociales, en un lugar neutral, y tiene como objetivo principal la normalización de la situación conflictiva, garantizando el interés y la seguridad de los menores
y de los miembros de la familia en conflicto.
Coordinación:
Master Internacional en Psicología Forense. Mediadora.
Abogada. Mediadora.
Objetivos Generales
– Favorecer el cumplimiento del derecho fundamental del menor a mantener la relación con
ambos progenitores y/o familiares después de la separación, estableciendo los vínculos
necesarios para su buen desarrollo psíquico, afectivo y emocional.
– Prevenir las situaciones de violencia en los regímenes de visitas conflictivos.
– Orientar y apoyar a los padres, madres y familiares para que consigan la autonomía necesaria en el ejercicio de la coparentalidad sin depender del Servicio, prestando los servicios asistenciales adecuados para este objetivo.
No se brinda asesoramiento jurídico a las personas que participan del servicio terapéutico.
Objetivos Específicos
– Velar para que el cumplimiento del régimen de visitas no suponga una amenaza para la seguridad del menor, del progenitor o del familiar vulnerable.
– Favorecer el encuentro entre el menor y el progenitor no custodio y con la familia extensa de éste.
– Permitir a los menores expresar sus sentimientos y necesidades en un espacio neutral frente a las indicaciones paternas, maternas o de familiares.
– Facilitar orientación profesional para mejorar las relaciones paterno/materno filiales y las habilidades de crianza parentales.
– Fomentar y mejorar la capacidad de los progenitores u otros familiares en la resolución consensuada de los conflictos relativos a los menores, tanto presentes como futuros.
– Disponer de información fidedigna sobre las actitudes y aptitudes parentales que pueda ser de utilidad y siempre con el fin de defender en mejor medida los derechos del menor.
Principios de la intervención realizada en el Puente de Encuentro Familiar
– Interés superior del menor: la intervención desarrollada en el Puente de Encuentro Familiar tiene como objetivo principal velar por la seguridad y el bienestar del/la menor, siendo su protección prioritaria en caso de conflicto con otros intereses contrapuestos.
– Intervención familiar: La intervención del Puente de Encuentro Familiar tiene en cuenta todo el sistema familiar propio del menor ofreciendo una amplia gama de herramientas de intervención de carácter psicológico, social y educativo.
– Responsabilidad parental: La función del Puente de Encuentro Familiar se limita al apoyo de los progenitores u otros miembros de la familia en el ejercicio de sus funciones familiares, sin que en ningún caso suponga una delegación de éstas al equipo técnico, debiendo cada miembro de la familia hacerse cargo y asumir el ejercicio de las mismas de forma responsable y adecuada a las circunstancias del/la menor.
– Temporalidad: la intervención desarrollada en el Puente de Encuentro Familiar tiene como objetivo final la normalización de la situación de conflictividad familiar, facilitando la independencia y autonomía de este servicio lo antes posible, evitando que se convierta en una intervención de carácter permanente.
– Profesionalidad: el equipo técnico del Puente de Encuentro Familiar está compuesto por un grupo multidisciplinar de profesionales con formación específica para la intervención que se desarrolla en el mismo.
– Neutralidad: El personal que forma parte del equipo técnico desarrolla sus funciones con el único objetivo de garantizar el interés del /la menor, sin dejar interferir en las mismas sus propias creencias, valores u circunstancias personales.
– Imparcialidad: Las intervenciones en el PEF son objetivas, garantizando en todo momento la igualdad de todos los sujetos involucrados.
– Confidencialidad: no se comunicarán a terceros ni se divulgarán los datos personales de los usuarios de los PEF, salvo aquellos que sean requeridos por la Autoridad Judicial o para la coordinación necesaria con otros profesionales que se encuentren interviniendo con la familia.
– Calidad: Desarrollo de las actividades acorde a un sistema basado en la responsabilidad ética profesional.
Informes y consultas
Sede Central Red Psicoterapéutica
Bv. Oroño 734
4472002-4720970